Asesoría Modesto Aguirre

Un trabajador ha perdido el permiso de trabajo

La empresa descubre que un trabajador extranjero ha perdido la autorización de residencia y trabajo en España por caducidad. Vea si puede despedirlo y cómo debe gestionar estas situaciones.

No puede trabajar

La empresa no puede dar empleo a trabajadores que carezcan de autorización de residencia y trabajo en España. Si la inspección detecta que un traba­jador «sin papeles» presta servicios en la empresa, le impondrá una multa por infracción grave:

  • La cuantía de la multa es de 10.001 euros como mínimo por cada trabajador que carezca de autorización de residencia y trabajo.

  • Además, esa cuantía se incrementa en el importe equivalente a las cotizaciones que se deberían haber ingresado desde el inicio de la relación. Por tanto, el importe de la multa puede ser elevado si se acredita la prestación de servicios durante varios meses.

Si un trabajador extran­jero tenía autorización de residencia y trabajo en España pero la pierde, porque le caduca, se considera que la empresa está incurriendo en una infracción desde la pérdida del permiso.

Despido del trabajador

Muchas empresas creen erró­neamente que la pérdida del permiso de trabajo permite despedir disciplinariamente al trabaja­dor por transgresión de la buena fe contractual. Si lo hace, el despido se declarará improcedente y quedará obligado a abonar una indemnización de 33 días por año de servicio, la readmisión no será posible porque el afectado no está habilitado para prestar servicios en España.

Según los tribunales, si el trabajador pierde la autorización para trabajar en España, la relación laboral no puede continuar. No se trata de un incumplimiento disciplinario, sino de una ineptitud sobrevenida. Por tanto:

  • La empresa debe tramitar este tipo de des­pido objetivo. Indique que existe una pérdida sobrevenida de la autorización de residencia y trabajo que impide al afectado seguir prestando servicios.

  • Deberá abonarle la indemnización de 20 días de salario por año de servicio. Recuerde que en un despido objetivo la indemnización se debe poner a disposición del trabajador en el momento de entregarle la carta de despido.

Antes de despedir al trabaja­dor, verifique que realmente ha perdido la autori­zación. Por ejemplo, unas semanas antes de la fecha de vencimiento, pídele el documento de renovación. Si no se lo entrega, no tendrá ninguna prueba de que está habilitado para prestar servicios en España. En definitiva, controle las fechas de caducidad de los permisos de residencia y trabajo de los empleados extranjeros y solicite copia de las renovacio­nes, estableciendo alertas internas y revisando periódicamente la documentación.

Baja en la TGSS

No cometa el error que cometen algunas empresas que optan por dar de baja al empleado en la Seguridad Social sin haber forma­lizado correctamente el despido. Si el afectado impugna, un juez considerará que ese cese es un despido improcedente por no haber realizado los trámites formales del despido.

Contacto

968 58 58 33

maguirreg@asesoriaaguirre.com

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